Es un sistema de arrendamiento mediante el cual tu o tu empresa renta por un periodo desde 3 hasta 36 meses una o varias obras de arte, para decorar tus espacios. Una vez que seleccionas la/las obras que deseas rentar se crea una corrida financiera que te muestra mes a mes cuanto vas a pagar por este servicio y si estás de acuerdo se firma un contrato con todas las especificaciones legales para necesarias para otorgar el servicio.
¿Por qué me conviene usarlo?
Con este sistema puedes tener la deducibilidad total del monto que pagas cada mes por esta renta, lo que resulta muy atractivo cuando hay que ajustar saldos por pagar.
Acerca de los beneficios fiscales del leasing hay que destacar que en cada mensualidad se deduce el IVA, el interés del IVA, el ISR y el interés del ISR a lo largo del contrato. Esto entra en nuestras deducciones personales que como su nombre lo dice “los contribuyentes tenemos derecho a disminuir de nuestros ingresos acumulables en la Declaración Anual”. Dentro de estas deducciones se encuentran salud, educación, gastos fúnebres, afore y por supuesto automóviles. Con la aprobación en 2016 de la Reforma Hacendaria, entró en vigencia una nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) en la que se aborda la deducción de automóviles, ésta entra en la categoría de deducciones de activo aplicando a personas físicas y morales.
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